Llamado 2023:
Préstamos para COMPRA DE VIVIENDA USADA o TERRENO 2023
Para Policías en actividad y retiro
La Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial abre llamado para el otorgamiento de préstamos hipotecarios para compra de vivienda usada o terreno en todo el territorio nacional, destinado a policías en actividad y retiro, de acuerdo a las siguientes condiciones:
Montevideo y Canelones
Se otorgarán 25 préstamos hipotecarios para la compra de vivienda usada por un monto de $3.200.000 cada uno y 12 préstamos para la compra de vivienda usada y/o terreno por un monto de $1.720.000 cada uno, para los departamentos de Montevideo y Canelones, en su conjunto.
Interior del país
Se otorgará por cada uno de los departamentos del interior del país, a excepción de Canelones, 1 préstamo hipotecario para la compra de vivienda usada por un monto de $ 3.200.000 (17 en total) y 2 préstamos para la compra de vivienda usada y/o terreno por un monto de $ 1.720.000 cada uno (34 en total).
Condiciones de los Préstamos:
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El otorgamiento del préstamo se garantizará con hipoteca sobre la vivienda o el terreno.
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Podrán incluirse en el monto del préstamo los gastos de honorarios de Escribano, Impuestos, legales, construcción y refacción
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Préstamos hipotecarios para compra de vivienda usada por un monto de $ 3.200.000 (pesos uruguayos tres millones doscientos mil) cada uno en un máximo de 300 (trescientas) cuotas mensuales con una tasa de interés del 1% (uno por ciento) anual y un interés moratoria del 6% (seis por ciento) anual.
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Préstamos hipotecarios para compra de vivienda usada y/o terreno por un monto de $ 1.720.000 (pesos uruguayos un millón setecientos veinte mil) cada uno en un máximo de 200 (doscientas) cuotas mensuales y con una tasa de interés del 1% (uno por ciento) anual y un interés moratorio del 6 % (seis por ciento) anual.
¿Dónde y cómo inscribirme?
Período de inscripción: del 17 de julio al 11 de agosto de 2023 inclusive.
Lugares: las inscripciones se realizan únicamente de manera presencial en todas las oficinas del país.
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En Montevideo, Sede Central de Julio Herrera y Obes 1466 a través del Mostrador Único de Atención Personalizada en el horario de 9 a 15 horas.
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En el interior del país, la recepción es en las Oficinas Departamentales de cada localidad. Ver horarios y direcciones
Requisitos
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Ser funcionario/a policial en actividad o retirado/a aportante al Fondo de Tutela.
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La edad requerida para el otorgamiento de los préstamos a retirados policías debe ser menor de 60 años.
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En todos los casos el plazo de cancelación no podrá exceder los 70 años del solicitante.
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Antigüedad institucional no menor a 5 años.
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Residir en el Departamento por el cual presenta su postulación.
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No poseer vivienda en propiedad, ni ser promitente comprador de un inmueble, no ser titular de derecho de uso y goce de viviendas financiadas por el Estado, no haber sido destinatario efectivo de un subsidio habitacional proporcionado por el Estado.
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No encontrarse amparado al S.T.I.P. (Subsidio Transitorio de Incapacidad Parcial), ni sometido a un proceso disciplinario al momento de la solicitud y del otorgamiento del préstamo hipotecario.
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No encontrarse excedido en sus haberes policiales, debiendo contar con un disponible superior al 30% o 35% del salario nominal (según corresponda atento a la normativa vigente) más la cuota a pagar.
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No encontrarse embargados ni el titular, ni el cónyuge o concubino/a reconocido judicialmente.
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El monto solicitado estará sujeto a la disponibilidad del recibo de sueldo y no deberá encontrarse en categorías 4 y 5 de la Central de Riesgo Crediticio del Banco Central al momento de su verificación por el Departamento Contable.
Documentación a presentar:
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Cédula de Identidad del solicitante, vigente.
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Último recibo de cobro.
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Constancia de domicilio, la que debe concordar con el Departamento por el cual concursa (Servicios a nombre del solicitante o constancia de Seccional Policial).
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Concepto Funcional con vigencia no mayor a 30 días (activos).
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Formulario A que deberá incluir negativo de sumario (solicitar en Unidad Presupuestal).
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Partida de Matrimonio o sentencia de reconocimiento concubinario, en caso que corresponda. Cuando
Sorteo
En caso de que las solicitudes superen los cupos referidos, se procederá a realización de sorteos a llevarse a cabo el ante Escribano Público por la cantidad de cupos referidos e igual cantidad de suplentes exclusivamente para este sorteo.
Normativa: Decreto 344/917, Decreto 397/975 del 20 de mayo de 1975 y resoluciones DNASSP 1445/023 y 1446/023.
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14 de julio de 2023
Departamento de Comunicación y Proyectos