Préstamos para construcción, refacción, reforma o ampliación de vivienda
Montos
Hasta un máximo de $U 600.000 (seiscientos mil pesos uruguayos)
Plazo
Hasta un máximo de 72 cuotas mensuales
Beneficiarios:
1- Ser funcionario/a policial en actividad, retirado/a
2- Pensionista cuyo único ingreso sea la pensión policial
Requisitos básicos:
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La edad requerida para el otorgamiento del préstamo a los retirados policiales, debe ser menor de 60 (sesenta) años.
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La edad requerida para el plazo de cancelación de los préstamos para los pensionistas y retirados no debe exceder los 70 (setenta) años.
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Antigüedad institucional no menor a 5 (cinco ) años.
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No encontrarse sometido a sumario administrativo disciplinario al momento de la solicitud y del otorgamiento del préstamo.
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No encontrarse excedido en sus haberes policiales, debiendo contar con un disponible superior al 30% o 35% (treinta o treinta y cinco por ciento) del salario nominal (según corresponda atento a la normativa vigente) más la cuota a pagar.
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Ser propietario/a, ser promitente comprador con promesa inscripta, usufructuario o nuda propiedad en forma propia, ganancial o concubinaria del inmueble donde se desarrollara la obra, o que el mismo sea de propiedad de familiar hasta el 1er grado de consanguinidad.
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Los pensionistas que lo soliciten deben de tener como único ingreso la pensión policial.
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En los casos que corresponda según la legislación vigente, se tendrá en cuenta que los beneficiarios sean aportantes al Fondo de Vivienda.
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No encontrarse en categoría 4 y 5 (cuatro y cinco) de la Central de Riesgo Crediticios del Banco Central.
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Por más información comunicarse al Dpto. de Vivienda a los teléfonos 2030 8711 o 2030 8713, o personalmente en Julio Herrera y Obes 1466 (Montevideo) o en cualquiera de nuestras oficinas en todo el país.
Actualizado: Montevideo, 28 de junio de 2024
Departamento de Comunicación y Proyectos