Pensión y haberes sucesorios

El trámite de pensión se inicia una vez que fallece un funcionario policial en situación de actividad o retiro.

Documentación:

  • C.I. del solicitante
  • C.I. del fallecido
  • Partida de defunción

VIUDA/O

  • Partida de matrimonio posterior al fallecimiento

  • En caso de tener aportes a caja: Militar, Notarial, Profesional o Bancaria: últimos 12 recibos antes del fallecimiento

HIJOS MENORES DE 21 AÑOS

  • Partida de nacimiento
  • Si es mayor de 18 años debe realizar el trámite él mismo.

HIJOS INCAPACES 

  • Declaración judicial de incapacidad
  • Nombramiento de curatela

Descargar Modelo de Certificado Notarial para trámite de Haberes sucesorios cuando no hubiere beneficiarios

 

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